Foto: United Nations Photo/Flickr (CC BY-NC-ND 2.0)
En Venezuela durante más de 20 años se han implementado una serie de leyes, políticas y prácticas que han derivado en el desmantelamiento institucional y la desestructuración del Estado de Derecho. Ello ha resultado en la existencia de una emergencia humanitaria compleja, que evidencia graves consecuencias al disfrute de los derechos humanos de la población, sin que existan además mecanismos de acceso a la justicia eficaces para que las víctimas de estas violaciones puedan ver garantizados sus derechos a la verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición.
Esta situación ha conllevado a la desprotección de los ciudadanos, quienes quedan desamparados sin poder exigir la reivindicación de sus derechos al no existir un Sistema de Justicia sólido e independiente que garantice la no impunidad frente a situaciones que impliquen violaciones a libertades fundamentales o derechos humanos.
Frente a la imposibilidad de que las víctimas puedan encontrar mecanismos efectivos que les proporcionen justica en instancias internas, y dado que Venezuela se ha retirado del sistema regional de protección de los derechos humanos, el uso de los órganos e instancias del sistema de Naciones Unidas se hace cada vez más necesario. En este sentido el poder acudir ante los Órganos de Tratados y que estos puedan ejercer sus funciones de monitoreo para emitir recomendaciones y dictámenes referentes al cumplimiento de las obligaciones de respeto y garantía es esencial para poder avanzar en el alcance de justicia y la determinación de la responsabilidad del Estado.
El poder acudir ante estos mecanismos es de mucha importancia, sin embargo, debemos ser vigilantes ante la no instrumentalización de los mismos por parte de los Estados. Entre los años 2014 y 2015 Venezuela decidió ponerse al día con los Órganos de Tratados presentando los informes que tenía pendientes, a pesar de ello no fue con fines legítimos, sino como una acción para su postulación a la reelección como miembro del Consejo de Derechos Humanos. Esto ha quedado demostrado en la medida que, hasta la fecha, Venezuela no ha mostrado interés en tomar las medidas y acciones necesarias para dar cumplimiento efectivo a las recomendaciones emitidas por los distintos órganos, así como tampoco ha dado seguimiento a las mismas o presentado información en el marco de las nuevas evaluaciones pendientes; por ello el Comité de Derechos Humanos reprobó al Estado en su más reciente evaluación.
Para quienes defendemos derechos humanos en Venezuela es esencial poder contar con organismos internacionales capacitados y sobre todo con una capacidad de respuesta más inmediata y reactiva.
Actualmente nos encontramos frente a una situación similar con la elección de Venezuela como miembro del Consejo de Derechos Humanos, a pesar de ser un Estado reconocido por su responsabilidad en violación y abusos de derechos humanos, tal y como quedó demostrado el pasado 27 de septiembre de 2019 con la adopción de una resolución para establecer una misión de determinación de hechos independiente sobre posibles violaciones de derechos fundamentales por este mismo Consejo.
Frente a este tipo de situaciones, y en virtud de las necesidades de las víctimas, se hace necesario que se trabaje en el fortalecimiento de los mecanismos que tienen los Comités y sus respectivos procedimientos de evaluación y denuncia, no solo para brindar un seguimiento efectivo a las observaciones y recomendaciones, sino proveer y promover acciones tendientes al cumplimiento de las mismas.
Desde la experiencia en el uso de los Sistemas Internacionales de Protección, es preciso poder contar con mecanismos como los Órganos de Tratados que contribuyan a que los Estados no solo cumplan con sus obligaciones y compromisos internacionales en materia de derechos humanos de conformidad a las disposiciones de los distintos pactos y convenciones, sino que apoyen a evolucionar de forma progresiva sus ordenamientos jurídicos por medio de la aplicación y suscripción del corpus iuris internacional, y la aplicación de las recomendaciones, observaciones generales y dictámenes de los distintos órganos en cada país.
Mientras haya más observación y cooperación entre los mecanismos, mayor podrá ser la oportunidad de obtención de justicia de las víctimas.
En esta medida, en casos como el de Venezuela, es necesario avanzar hacia una respuesta más reactiva frente a la necesidad de protección y justicia de las víctimas. Cuando nos encontramos frente a Estados que incumplen con sus obligaciones o que instrumentalizan los mecanismos, los Órganos de Tratados, en el marco de su experticia y mandato deben actuar de oficio en el escrutinio, contraloría y condena de abusos y violaciones de derechos humanos, más aún cuando exista falta de cooperación o interlocución del Estado examinado con el mecanismo.
Asimismo, es fundamental establecer mayores espacios de cooperación y protección entre quienes hacemos parte de las organizaciones de la sociedad civil y los órganos de tratados, en especial en el marco de los procesos de consulta y evaluación, ya que es necesario escuchar las voces independientes para cotejar el cumplimiento, o no, de las obligaciones derivadas de los pactos, especialmente cuando los Estados son de corte autoritario, como en el caso de Venezuela, que no solo no presenta información oportuna y veraz sino que criminaliza y ataca a quienes sí lo hacemos.
Es igualmente importante poder trabajar de la mano con los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos, en el entendido que mientras haya más observación y cooperación entre los mecanismos, mayor podrá ser la oportunidad de obtención de justicia de las víctimas, mediante el avance de propuestas sólidas que promuevan la protección de los derechos humanos y sirvan como mecanismo de presión para el cumplimiento tanto de las obligaciones como de las observaciones y recomendaciones. Esto puede hacerse por ejemplo sumando voces en comunicados conjuntos sobre situaciones generales que competan a alguno de los órganos de tratado y a alguno de los procedimientos especiales de conformidad con sus mandatos.
Este tipo de cooperación entre instancias podría además contribuir a evitar un impacto negativo frente a posturas de algunos miembros de procedimientos especiales que pudiesen tener una posición menos independiente y poner en evidencia la realidad frente a las violaciones que están siendo cometidas, como ocurrió ya en el caso venezolano, donde la postura y conclusiones de un Experto de Naciones tras su visita al país pudieron ser contrastadas con las recomendaciones y hallazgos de distintos órganos de tratado. En este orden de ideas como parte del fortalecimiento de los Órganos de Tratado, el poder sumarse a comunicados o acciones junto a otros mecanismos frente a situaciones o casos de violaciones relacionadas a sus mandatos sumaría a la necesidad de observancia y protección a las víctimas.
Para quienes defendemos derechos humanos en Venezuela y velamos porque las víctimas puedan obtener verdad, justicia y reparación efectiva es esencial poder contar con organismos internacionales capacitados y sobre todo con una capacidad de respuesta más inmediata y reactiva para aplicar todas las medidas necesarias para que los Estados cumplan sus obligaciones y que también brinden todo el respaldo necesario para promover que las personas defensoras de derechos humanos puedan realizar sus actividades pacíficas y legitimas sin restricciones indebidas y sin temor a hostigamientos, amenazas o represalias.
Frente a la necesidad de combatir la impunidad y de reparar a las víctimas, estas no deberían tener que esperar porque un Estado decida en función de sus intereses presentar información sobre el cumplimiento de sus obligaciones ante los Órganos de Tratados. Ante casos como el de Venezuela donde se comenten abusos y violaciones masivas y sistemáticas de derechos humanos, estos mecanismos deben reaccionar y tomar de oficio todas las medidas necesarias para brindar protección efectiva a las víctimas.