El aumento de la deuda de los hogares: ¿maldición o bendición para los derechos humanos?

Tierra Mallorca/Unsplash


La deuda de los hogares en sí misma no representa un problema. La facultad de pedir préstamos dentro de los límites de la propia solvencia económica puede mejorar el nivel de vida de las personas, al permitirles acceder a servicios que de otro modo estarían fuera de su alcance. Además, puede contribuir a activar y sustentar la economía. En ocasiones, las deudas de los hogares o las personas pueden llegar a ser un factor determinante para garantizar la inclusión social.

Sin embargo, el sobreendeudamiento (entendido aquí como contraer una deuda cuyo pago —y costos asociados— privarían al deudor de los recursos necesarios para ejercer sus derechos humanos de manera sostenible), así como las condiciones contractuales y prácticas abusivas de cobranza, se convierten en una carga y una amenaza, y pueden ser una trampa para muchas personas. En este sentido, el Estado (y los actores privados) desempeñan un papel vital para nivelar el desequilibrio de poder inherente entre las partes del contrato, con el fin de proteger los derechos humanos. El informe temático que presenté este año al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas se centra en la deuda privada y de los hogares y sus vínculos con los derechos humanos.  

Hay dos factores que impulsan el aumento en el endeudamiento privado. El primero es la floreciente oferta financiera, cuyo crecimiento se ve facilitado por la liberalización y el aumento del tamaño y la importancia del sector financiero para la economía. Esto incluye la mercantilización y la financierización de aspectos fundamentales de los derechos económicos y sociales, como la educación, la salud y la vivienda. El segundo es la reconfiguración de muchas necesidades humanas, que se convierten en lujos inasequibles.

El aumento vertiginoso de la deuda privada es lo que ha apuntalado el crecimiento económico en las últimas décadas, a menudo a expensas de los hogares endeudados.

Si bien es cierto que en el siglo pasado se crearon y ampliaron redes de seguridad social, las lagunas que aún persisten constituyen un terreno fértil para que prospere la deuda privada. Paradójicamente, las medidas de protección social que han adoptado los Estados, mediante las transferencias de efectivo, han sido tomadas por los acreedores como una clase de fianza para el crédito, que permite garantizar más préstamos u ofrecer tasas de interés más bajas, en lugar de para su propósito original.

Los salarios bajos, la pobreza y la desigualdad, exacerbados por políticas como la privatización, las medidas de austeridad y una mayor flexibilidad en los mercados laborales, han llevado a millones de personas a endeudarse. El resultado es un aumento de la pobreza y el trabajo informal, con lo que son vulnerables a toda índole de abusos. A nivel macroeconómico, los niveles elevados de endeudamiento personal y de los hogares se han asociado con la desigualdad, la inestabilidad macroeconómica, la deuda pública insostenible y las crisis financieras.

El aumento vertiginoso de la deuda privada es lo que ha apuntalado el crecimiento económico en las últimas décadas, a menudo a expensas de los hogares endeudados. Millones de personas de todo el mundo transfieren una parte considerable de su patrimonio y bienestar al sector financiero, cuyos vínculos con la economía real se siguen debilitando, lo que pone en riesgo la prosperidad compartida y la estabilidad y seguridad financieras, además de reforzar la desigualdad.

Las personas y los hogares no deberían tener que contraer deudas privadas para compensar la falta de protección, promoción y cumplimiento de los derechos humanos por parte del Estado. La contratación y el pago de una deuda, o el incumplimiento del pago, no deben suponer una pérdida del acceso a derechos humanos fundamentales como la salud, la vivienda y la alimentación. 

La contratación y el pago de una deuda, o el incumplimiento del pago, no deben suponer una pérdida del acceso a derechos humanos fundamentales como la salud, la vivienda y la alimentación. 

En el informe, señalo que el aumento de la deuda no se traduce necesariamente en mejoras reales de la vida, un mayor disfrute de los derechos humanos, un desarrollo más sostenible o menos desigualdad. Es evidente que varios Estados (e instituciones financieras internacionales) fomentan el gasto financiado por deudas a expensas de la provisión de bienes y servicios públicos. No es de extrañar que la poderosa industria financiera global promueva ampliamente el microfinanciamiento, dado que es el emblema mundial del endeudamiento para aliviar la pobreza. A este sector no le entusiasma mucho la idea de entablar debates más estructurales sobre la tributación progresiva, el fraude fiscal u otras formas de aumentar la regulación y los ingresos públicos para mejorar los programas de bienestar social y garantizar el acceso a los servicios esenciales. 

Mi informe considera específicamente las implicaciones negativas para los derechos humanos de los microcréditos, las deudas en materia de salud, educación y vivienda, y las prácticas abusivas de cobranza, incluida la criminalización de los deudores, el endeudamiento migratorio y la servidumbre por deudas. Teniendo en cuenta las razones que animan a las personas a pedir prestado, la deuda privada puede ser tanto una causa como una consecuencia de las violaciones de los derechos humanos. Es una causa porque las necesidades básicas insatisfechas obligan a las personas a endeudarse y eso exacerba su pobreza. Y es una consecuencia porque las fuertes deudas y las prácticas abusivas de cobranza hunden a los prestatarios más profundamente en la pobreza y la marginación. Esto también explica cómo y por qué el malestar social, la desigualdad y los niveles insoportables de endeudamiento personal están entrelazados intrínsecamente.

Los contratos de deuda existen en un universo jurídico y económico más amplio, en el que el derecho de los derechos humanos interactúa con los derechos de los acreedores (y los limita). Aunque la percepción general es que no tienen que ver con cuestiones de derechos humanos propiamente dichas, las leyes de protección de los consumidores financieros y los reglamentos sobre bancarrota tienen importantes funciones que desempeñar al respecto. Esas leyes deben prever la protección de las personas que enfrentan sobreendeudamiento o prácticas abusivas de préstamo o cobranza, que pueden tener repercusiones en los derechos humanos. Por lo tanto, es preciso concebir los marcos jurídicos de bancarrota y protección de los consumidores como un medio para evitar posibles abusos, salvaguardar los derechos humanos de los prestatarios y compensar el desequilibrio de poder inherente entre las partes en un contrato de préstamo. Esto debe incluir, e incluso alentar, la posibilidad de que los prestatarios se organicen y negocien de forma colectiva para compensar el desequilibrio de poder entre prestamistas y prestatarios.

Hay muchos factores que explican las crecientes desigualdades en la capacidad de las personas para acceder a los derechos económicos y sociales fundamentales y, en términos más generales, en la economía mundial inequitativa. Pero el aumento de la deuda personal y de los hogares —alentado y facilitado por las malas políticas sociales y la avaricia empresarial— es un problema crucial e ignorado que exige nuestra atención urgente.