EFE - Alejandro Ernesto
En la última década se han producido importantes avances en el reconocimiento de los cuidados paliativos y el tratamiento del dolor como una cuestión de salud y derechos humanos.
Los cuidados paliativos y el alivio del dolor permiten recuperar la dignidad de las personas con afecciones potencialmente mortales o que limitan sus vidas. Pero a pesar de la espectacular evolución del derecho internacional de derechos humanos, la comunidad de derechos humanos no ha reconocido plenamente la enormidad del problema. Persiste la brecha entre los derechos civiles/políticos y los derechos económicos/sociales, particularmente en lo que se refiere a precisar el alcance de los últimos. En este debate en curso, el acceso a los cuidados paliativos y al alivio del dolor es un ejemplo ilustrativo del alcance del derecho a la salud y de por qué se necesita dedicar más esfuerzo a este importante tema.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) definió los cuidados paliativos como: “un planteamiento que mejora la calidad de vida de los pacientes y sus familias cuando afrontan los problemas asociados con una enfermedad potencialmente mortal, al prevenir y aliviar el sufrimiento a través de la identificación temprana y la evaluación y el tratamiento correctos del dolor y otros problemas, ya sean de carácter físico, psicosocial o espiritual”.
Además, de acuerdo con el informe de la Comisión Lancet sobre el alivio del dolor y los cuidados paliativos, “[l]as personas pobres en todos los rincones del mundo viven y mueren con poco o nulo acceso a los cuidados paliativos o el alivio del dolor. Al mirar este abismo de acceso, vemos la profundidad del sufrimiento extremo frente a las crueles condiciones de pobreza y desigualdad”. Según la Comisión, negarse a proporcionar opioides equivalentes a la morfina, que sean baratos, esenciales y eficaces, a los pacientes en países de ingresos medianos y bajos y a la gente pobre en países de ingresos altos es “una falta médica, de salud pública y moral, además de una farsa de la justicia”. La Comisión atribuye este descuido manifiesto a factores como: la concentración del sector médico en las curas y la extensión de la vida, el hecho de que los sistemas de atención médica no garantizan la dignidad al final de la vida, la desconfianza de los médicos con respecto a los opioides y su uso indebido, y una ausencia de grupos organizados que puedan exigir el acceso a los cuidados paliativos y el alivio del dolor.
Los cuidados paliativos y el alivio del dolor como un derecho humano
Toda persona, en algún momento de su vida, se encuentra con alguien que sufre dolor extremo debido a una afección médica potencialmente mortal o que limita su vida. El dolor puede ser una experiencia individual, pero la provisión de tratamientos de alivio del dolor y control del dolor implica la participación de proveedores de salud o cuidadores y está relacionada con el sistema de salud y las políticas de salud, incluidas las políticas sobre drogas.
El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas declaró que garantizar el acceso a medicamentos esenciales, incluidos los opioides, es un elemento esencial del derecho a la salud y que los Estados deben cumplir esta obligación independientemente de las limitaciones de recursos. Las leyes nacionales e internacionales que rigen la fiscalización de las drogas dificultan el acceso a los opioides equivalentes a la morfina. Sin embargo, el Consejo Económico y Social de la ONU, en su resolución 2005/25, reconoció la necesidad de eliminar las barreras a la utilización de analgésicos opioides.
"El Comité de DESC de las Naciones Unidas declaró que garantizar el acceso a medicamentos esenciales, incluidos los opioides, es un elemento esencial del derecho a la salud y que los Estados deben cumplir esta obligación".
Además, según el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre el derecho a la salud, las leyes y políticas de fiscalización de las drogas afectan negativamente los procedimientos obstétricos de emergencia y el control de la epilepsia. Estas normas también contribuyen a los mitos e imprecisiones que rodean el uso de medicamentos controlados con fines paliativos y de alivio del dolor. Por lo tanto, los profesionales de atención médica se muestran reacios a recetar medicamentos opioides por temor a que su uso lleve a la farmacodependencia. Sin embargo, el Relator Especial ha subrayado que cuando exista un conflicto entre el régimen internacional de fiscalización de drogas y el derecho internacional de derechos humanos, las obligaciones en materia de derechos humanos deberán prevalecer.
El reconocimiento de los cuidados paliativos como un derecho humano
En la última década se han producido importantes avances en el reconocimiento de los cuidados paliativos y el tratamiento del dolor como una cuestión de salud y derechos humanos. En 2014, la Asamblea Mundial de la Salud adoptó su primera resolución sobre cuidados paliativos, en la que reconoce que el acceso a los cuidados paliativos y el alivio del dolor es un elemento del derecho a la salud e insta a los Estados a incorporarlo en sus sistemas de salud y proporcionar el financiamiento adecuado para ello. En 2016, la Asamblea General de la ONU celebró una sesión especial sobre políticas de drogas (la primera desde 1998), que incluyó debates sobre el acceso a medicamentos controlados para fines de cuidados paliativos. A nivel regional, la Convención Interamericana sobre las Personas Mayores, adoptada en 2015, reconoce los cuidados paliativos como un derecho humano.
En su trabajo sobre las implicaciones para los derechos humanos de las políticas de drogas que adoptan distintos Estados, muchas ONG de derechos humanos se han concentrado principalmente en las detenciones, la tortura y las ejecuciones extrajudiciales. Sin embargo, Human Rights Watch (HRW) se ha esforzado por abordar la cuestión de los cuidados paliativos y el tratamiento del dolor como un derecho humano. Sus esfuerzos incluyen la publicación de informes nacionales con respecto a los cuidados paliativos en Bangladesh, Canadá, China, India, Kazajstán, Kenia, Rusia, Tailandia, Ucrania y los Estados Unidos. HRW ha presentado información y ejercido presión sobre el Consejo de Derechos Humanos de la ONU y sus relatores especiales en materia de salud y tortura. Ha presentado información sobre cuidados paliativos a algunos órganos de derechos humanos de la ONU creados en virtud de tratados durante su examen de los informes de los Estados partes. También ha instado al Comité de Estupefacientes de las Naciones Unidas a abordar la cuestión de las restricciones en los medicamentos para aliviar el dolor como parte de su mandato.
La International Association for Hospice and Palliative Care (IAHPC) se ha dedicado activamente a promover los cuidados paliativos como un derecho humano con la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Consejo de Derechos Humanos de la ONU. Entre los donantes, Open Society Foundations ha sido firme en su apoyo a esta cuestión y ha organizado reuniones de partes interesadas para reforzar sus esfuerzos de defensa y promoción al respecto.
En cuanto a las organizaciones nacionales, Pallium India ha participado en actividades de defensa y promoción a nivel nacional, regional e internacional. Entre otros éxitos, sus esfuerzos contribuyeron a la enmienda de la Ley de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas de la India en 2014, que mejoró la disponibilidad de drogas controladas para aliviar el dolor. Del mismo modo, se reformaron las leyes que rigen los medicamentos controlados en Uganda y Ucrania. Argentina, Colombia e Italia adoptaron leyes que reconocen los cuidados paliativos como un derecho humano. El Reino Unido es conocido por sus políticas de cuidados paliativos y la prestación de estos servicios en virtud del sistema de salud pública.
Como ilustran estos ejemplos, se han logrado algunos avances en la incorporación de los cuidados paliativos y el alivio del dolor en la agenda de derechos humanos. Sin embargo, a pesar de la enormidad del problema —incluido el sufrimiento de grandes cantidades de personas y sus familiares, en particular personas pobres—, aún no ha alcanzado notoriedad a nivel mundial como tema de derechos humanos.
Para aumentar la atención sobre el acceso a los cuidados paliativos, las ONG nacionales e internacionales cuyo trabajo se centra en las repercusiones de los problemas de drogas para los derechos humanos deberían incluir la cuestión de la accesibilidad a opioides equivalentes a la morfina para personas que sufren de dolor extremo, debido a afecciones potencialmente mortales o que limitan la vida. El Relator Especial sobre el derecho a la salud debería desempeñar una función en el seguimiento de las políticas nacionales que restringen el acceso a los opioides equivalentes a la morfina para aliviar o controlar el dolor. Actualmente, se está haciendo muy poco al respecto. Además, las ONG deberían abogar por que el Consejo de Derechos Humanos de la ONU lleve a cabo un estudio sobre las implicaciones en materia de derechos humanos de negar el acceso a los cuidados paliativos, parecido al que encargó sobre los efectos del problema mundial de las drogas sobre los derechos humanos. Finalmente, los donantes deberían facilitar una mayor interacción entre quienes trabajan en temas de cuidados paliativos y quienes trabajan en temas de derechos económicos, sociales y culturales, especialmente el derecho a la salud, para que los activistas de derechos de salud puedan integrar el tema de los cuidados paliativosen su trabajo. Si los activistas y los gobiernos quieren afrontar con eficacia el “abismo de acceso”, estos esfuerzos son imprescindibles.