La desigualdad es una preocupación fundamental de los observadores de derechos humanos de la ONU

Foto: Zoriah/Flickr, edited (CC BY-NC 2.0)


¿Los derechos humanos tienen algo que decir sobre la desigualdad material? Vale la pena hacer esta pregunta, sobre todo en vista de las críticas recientes. En su libro de 2018, Not Enough – Human Rights in an Unequal World (No es suficiente: los derechos humanos en un mundo de desigualdad), el historiador Samuel Moyn sostuvo que “... la razón crítica por la que los derechos humanos han sido compañeros impotentes del fundamentalismo de mercado es que simplemente no tienen nada que decir sobre la desigualdad material”. Otros autores, como Jackie Dugard, Ignazio Saiz y Philip Alston, han cuestionado esta opinión.

Sin embargo, es pertinente explorar esta crítica de manera más exhaustiva, observando los pronunciamientos de los mecanismos de derechos humanos de la ONU al respecto. ¿Es la desigualdad un motivo de preocupación para los órganos de la ONU que tienen el mandato de vigilar el cumplimiento de las obligaciones de los Estados en materia de derechos humanos? En caso afirmativo, sería más difícil respaldar el argumento de Moyn.

Una búsqueda en el Explorador de Datos de los ODS-Derechos Humanos, una base de datos desarrollada por el Instituto Danés de Derechos Humanos, muestra que el término desigualdad se menciona expresamente en más de 800 recomendaciones y observaciones finales emitidas por estos órganos de 2007 a 2018. Además, una gran cantidad de recomendaciones se formulan en torno a dos áreas generales de inquietud, a saber, (i) desigualdad y pobreza y (ii) desigualdad y discriminación. Es evidente que sí se plantean las cuestiones de desigualdad material.

También vale la pena destacar la distribución de las recomendaciones entre los diversos mecanismos. Los órganos de tratados de la ONU hicieron 394 de las recomendaciones, los procedimientos especiales de la ONU hicieron 129 de ellas, y otras 282 recomendaciones se hicieron en el proceso del Examen Periódico Universal (EPU).

El término desigualdad se menciona expresamente en más de 800 recomendaciones y observaciones finales emitidas por estos órganos de 2007 a 2018.

Las recomendaciones del EPU suelen formularse en términos bastante genéricos (p. ej., “continuar los esfuerzos para erradicar la pobreza y garantizar la reducción de las desigualdades en la distribución de la riqueza y el acceso al bienestar económico y social para todas las personas”), y esta generalidad permite que los Estados eviten tomar medidas concretas. Sin embargo, la falta de orientación específica no debería eclipsar un hallazgo significativo. Los Estados miembros de la ONU han utilizado ampliamente el EPU para enfatizar que las desigualdades internas son un problema de derechos humanos y, al hacerlo, legitiman la afirmación de que la vigilancia en materia de derechos humanos debe incluir la desigualdad social y económica.

Un análisis cualitativo de las recomendaciones muestra que se distribuyen en cuatro categorías principales. Hay un enfoque sectorial en el que se dedica atención especial a las desigualdades educativas, de salud y laborales. Por lo general, este enfoque sectorial se extiende para abarcar las obligaciones con respecto a una gama más amplia de derechos sociales y económicos. Existe un vínculo claro entre estos derechos humanos y varias formas de desigualdad.

La segunda categoría se centra en grupos específicos, abarca grupos étnicos, raciales y de género, así como niños y grupos marginados y vulnerables.  De estos, la desigualdad de género es la forma de desigualdad que, con mucho, ha recibido más atención de los mecanismos de derechos humanos de la ONU.

La tercera categoría se centra en los ingresos, la riqueza y la desigualdad salarial (esta última centrada exclusivamente en la dimensión de género). Lo que más se destaca en estas recomendaciones son los desafíos de derechos humanos provocados por las enormes desigualdades en los ingresos.

La cuarta categoría es geográfica. Los mecanismos de derechos humanos de la ONU están particularmente interesados en las brechas entre las zonas rurales y urbanas con respecto a la efectividad de los derechos humanos (p. ej., la provisión de servicios y el acceso a ellos).

En 2016, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales recomendó que Namibia “… implemente una política fiscal más redistributiva y evalúe de forma periódica su impacto en la lucha contra las desigualdades”.

Además de estas categorías, vale la pena destacar una serie de temas más específicos. En años recientes, los órganos de tratados de la ONU han exigido de forma más vehemente que los Estados proporcionen datos mejor desglosados para evaluar la desigualdad. También están mostrando una creciente preocupación con respecto a los impuestos, enfatizando la necesidad de que los Estados introduzcan impuestos progresivos (en lugar de modelos regresivos) y garanticen la redistribución a través de los impuestos para financiar el cumplimiento de las obligaciones de derechos humanos. Esto es digno de mención y merece ser destacado.  Por ejemplo, en 2016, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales recomendó que Namibia “… implemente una política fiscal más redistributiva y evalúe de forma periódica su impacto en la lucha contra las desigualdades”.

Los procedimientos especiales de las Naciones Unidas también están centrando su atención en los impuestos, por ejemplo, al recomendar que los Estados “tomen medidas efectivas para garantizar políticas fiscales progresivas y racionalizar el presupuesto, tanto en términos de ingresos como de egresos e inversiones, con el objetivo de reducir las desigualdades socioeconómicas y la pobreza, y para garantizar la redistribución de los beneficios del crecimiento económico y el pleno ejercicio de los derechos humanos”.

Es evidente que existe un potencial real para que los mecanismos de la ONU contribuyan a hacer frente a la desigualdad, pero es posible mejorar la forma en que lo hacen. Hay una serie de cuestiones críticas que aún están al margen de sus prácticas de interpretación. Una de ellas es la austeridad. Las recomendaciones que vinculan las políticas de austeridad con la desigualdad se centran en países en los que el tema ya es objeto de debates internos, como Irlanda, Portugal, el Reino Unido y Grecia. Los mecanismos de la ONU parecen optar por un enfoque intermedio, con su tendencia a reflejar estos debates en la formulación de sus recomendaciones, cuando en realidad deberían tratar las políticas de austeridad como un problema de derechos humanos más amplio y de importancia mundial. No se trata simplemente de un problema a raíz de la crisis financiera de 2008.

Los mecanismos de derechos humanos de la ONU también deberían reflexionar sobre la manera en que redactan las recomendaciones para los Estados, ya que es muy frecuente que la desigualdad forme parte del diagnóstico descriptivo en el planteamiento de una recomendación. En cambio, debería ocupar un lugar más destacado en la parte de la recomendación que se puede llevar a la acción.

También es necesario comunicar las recomendaciones de una manera mucho más eficaz a la sociedad civil y a los medios de comunicación en los países interesados; de lo contrario, tendrán poco peso en los debates a nivel nacional. El Explorador de Datos de los ODS-Derechos Humanos brinda un recurso accesible a todos los actores para reducir esta crítica brecha de derechos humanos entre las obligaciones a nivel internacional y las realidades a nivel nacional. Esto es importante porque, como muestran los datos, los tratados internacionales de derechos humanos sí toman en cuenta la desigualdad. Esa es la opinión evidente de los mecanismos internacionales de vigilancia. Una mayor conciencia y atención sobre esta cuestión aumentaría la calidad de las recomendaciones y su impacto local.