El debate de las Naciones Unidas de 1968 sobre los derechos humanos y la tecnología

Abdullah Khan / Flickr

Abdullah Khan / Flickr.


Las redes sociales, la digitalización, la informatización, la inteligencia artificial, el acceso a internet, el capitalismo de vigilancia y los enormes poderes de las empresas tecnológicas se han convertido en temas de gran interés para la comunidad de derechos humanos. Aunque, al debatir estos asuntos, a menudo nos centramos en la novedad de estos desafíos, puede valer la pena dar un paso atrás y señalar que el nexo entre los derechos humanos y la tecnología es más fundamental para la evolución del proyecto jurídico internacional de derechos humanos de lo que normalmente pensamos.  

En abril-mayo de 1968, la comunidad internacional se reunió en la Primera Conferencia Internacional de Derechos Humanos. Esta Conferencia, predecesora de la mucho más reconocida Conferencia Mundial de Derechos Humanos de Viena de 1993, fue organizada por las Naciones Unidas y tuvo lugar en Teherán.

En particular, se incluyó en el orden del día un punto sobre "Derechos humanos y avances científicos y tecnológicos".

Jamaica, líder mundial en la diplomacia internacional de los derechos humanos durante la década de 1960, fue la fuerza impulsora de la conferencia y su discurso en Teherán, por tanto, tuvo un peso añadido. En él, Jamaica hizo énfasis en los derechos humanos y la tecnología:

"Los avances tecnológicos, de los que estamos tan orgullosos, ya han empezado a plantearnos nuevos problemas de derechos humanos no previstos por quienes redactaron la Declaración Universal, problemas para los que quizá haya que enunciar nuevas normas de conducta."

En 1962, Jamaica propuso que 1968 fuera un Año Internacional de los Derechos Humanos para dinamizar el proyecto tambaleante de derechos humanos en las Naciones Unidas. El Año de los Derechos Humanos debía servir de palanca para finalizar una serie de proyectos de derechos humanos inacabados (incluida la redacción de leyes), evaluar los avances y definir un nuevo programa para el futuro. La Conferencia de Derechos Humanos de 1968 se organizó para cumplir las dos últimas ambiciones. En este contexto surgió la cuestión de los derechos humanos y la tecnología.

La conferencia reflejó una transformación más amplia de los derechos humanos internacionales en una coyuntura histórica crítica. Los procedimientos se vieron muy afectados por las controversias sobre los territorios ocupados, el apartheid y el colonialismo. A pesar de estas cuestiones tan controvertidas, varios temas de fondo, pero menos perfilados, cobraron fuerza.

En Teherán se adoptó una Resolución sobre "Derechos humanos y desarrollos científicos y tecnológicos", que se incluyó en el Acta Final de la Conferencia Internacional de Derechos Humanos. Se enmarcó en torno a un enfoque doble acerca de los beneficios y las amenazas de los desarrollos tecnológicos, una dualidad que también vemos en los debates actuales.

La Resolución también se centraba en el respeto a la intimidad y en "los usos de dispositivos electrónicos que pueden afectar a los derechos de la persona y los límites que deben imponerse a sus usos en una sociedad democrática". Reconocía el complejo terreno ético y jurídico en materia de derechos humanos que se desprende del ámbito tecnológico. 

El Acta Final se envió a la Asamblea General de la ONU en Nueva York, que adoptó una Resolución con un título similar el 19 de diciembre de 1968. La Resolución de la Asamblea General de la ONU pedía una "atención constante" a ese asunto y subrayaba la necesidad de elaborar normas para proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales en este ámbito.

Se enmarcó en torno a un enfoque doble acerca de los beneficios y las amenazas de los desarrollos tecnológicos, una dualidad que también vemos en los debates actuales.

La Asamblea General de la ONU pidió al Secretario General que preparara un informe resumido de los estudios existentes sobre el tema para mejorar la base de conocimientos, así como un proyecto de programa de trabajo para la Comisión de Derechos Humanos de la ONU. Posteriormente, en la Declaración de la ONU sobre el Progreso y el Desarrollo Social de 1969, se destacaron la tecnología y los derechos humanos al vincular a estos últimos con el desarrollo de forma interesante.

El Secretario General de la ONU publicó el informe solicitado en marzo de 1970. En él se explicaba que las invasiones de la intimidad que permitían las nuevas tecnologías podían dividirse en tres categorías: "vigilancia física, vigilancia psicológica y vigilancia de datos".

Según el informe, existían normas pertinentes en varios países, por lo que una tarea importante era aplicar de manera eficaz dichas normas "a los nuevos dispositivos y métodos". Un nuevo problema surgió cuando se desarrollaron nuevas tecnologías que no eran "susceptibles de los antiguos controles y salvaguardias". El debate sobre las salvaguardias se centró en "a quién puede revelarse la información obtenida mediante interceptación autorizada y cómo puede utilizarse".

Los Estados miembros hicieron aportaciones al informe del Secretario General de la ONU. La República de China —no la China continental en este momento— argumentó que las Naciones Unidas tenían un papel normativo o legislativo sustantivo en la interfaz entre tecnología, privacidad, derechos humanos y paz y seguridad. La presentación de los Países Bajos también hizo énfasis en la dimensión de la privacidad frente a la vigilancia:

"Los medios técnicos para interferir en la intimidad se perfeccionan de manera continua. Gracias a la producción en serie y a los precios relativamente bajos, estos dispositivos se utilizan cada vez más. Se están utilizando todas las técnicas modernas de promoción de ventas para fomentar su distribución y despertar el interés por ellos en círculos en los que antes no existía tal interés. Esto no sería especialmente importante por sí mismo, si no reflejara una demanda latente de estos aparatos. Está claro que muchas personas están ahora ansiosas por vigilar la vida privada de los demás."

El informe del Secretario General también presentaba las posturas de las ONG sobre el tema. Estas intervenciones ayudan a comprender por qué los derechos humanos y la tecnología han surgido como un tema para la Conferencia Internacional de Derechos Humanos de 1968.

Los debates contemporáneos hacen eco de las preocupaciones de aquella época en varios aspectos. El énfasis en los beneficios y las amenazas, la preocupación por la intimidad y la incertidumbre sobre si las normas de derechos humanos existentes pueden estar a la altura de la protección necesaria a la luz de los nuevos avances son cuestiones que eran fundamentales entonces y lo siguen siendo ahora.

La pregunta es: ¿qué peso histórico debemos dar a las mencionadas Resoluciones y al proceso de seguimiento? Sólo en la última década, más o menos, hemos sido testigos de un avance en la agenda de los derechos humanos y la tecnología en las Naciones Unidas. Hubo muchas agendas de derechos humanos que competían entre sí en los años setenta, cuando la atención se desplazó hacia las campañas contra la tortura y la pena de muerte, las protestas de los disidentes tras la Cortina de Hierro y el Nuevo Orden Económico Internacional.

En otras palabras, la atención se desvió de las relaciones entre los derechos humanos y los avances científicos y tecnológicos.

La historia presentada aquí ilustra que los derechos humanos y la tecnología tienen una trayectoria relativamente larga: los actores de los derechos humanos han hablado del arma de doble filo que informa la relación entre la tecnología y los derechos humanos con notable claridad y coherencia durante seis décadas. La historia puede, por tanto, ofrecer una base interesante para el debate contemporáneo, dando más autoridad para tomarse en serio las dimensiones de los derechos humanos de la tecnología y los llamamientos a una protección adecuada y equilibrada.