La buena sociedad que se aproxima: por qué las nuevas realidades exigen nuevos derechos

/userfiles/image/Schulz_Image-1-20-21.jpg


¿Cómo serán los derechos en cinco años? ¿En diez? ¿Y durante las próximas dos o tres generaciones? Los derechos se basan en el concepto de la dignidad y describen cómo debe ser una buena sociedad que respete la dignidad. Dado que las nociones de dignidad y de la buena sociedad cambian según la era, la noción de qué debe ser un derecho también cambiará con el tiempo. 

Para muchos integrantes del movimiento de derechos humanos, esta premisa puede parecer polémica o innecesaria: después de todo, si los derechos no están arraigados en algo inmutable y eterno, ¿no podrían ser susceptibles a los caprichos de los déspotas y los autoritarios? Y si aún no hemos afrontado los grandes problemas de derechos humanos del siglo pasado —la tortura, el genocidio y la trata—, ¿realmente deberíamos centrar nuestra atención en derechos nuevos que pueden parecer menos apremiantes y más frívolos?

Dado que las nociones de dignidad y de la buena sociedad cambian según la era, la noción de qué debe ser un derecho también cambiará con el tiempo. 

Las concepciones tradicionales de los derechos como inmutables no han disuadido a los detractores y autoritarios de desestimarlos o demonizarlos. Por otra parte, la realidad es que responder a los cambios en las normas, a las implicaciones de los avances científicos y tecnológicos y a otros cambios en la sociedad no hará sino aumentar la eficacia y la aceptación de los derechos humanos y de sus instituciones y movimientos.

Ya se están produciendo algunos cambios sociales clave que pueden dar pie a nuevos derechos humanos. Por ejemplo, en este momento no existe un “derecho a la transición” de una identidad de género a otra, o a no tener ninguna. Sin embargo, dado el crecimiento del movimiento transgénero y el reconocimiento de una gran variedad de identidades de género —Facebook ofrece 56 opciones—, podría darse el caso de que en los próximos años se adopte un derecho a la transición.

También está el ejemplo del derecho a la privacidad. Se trata de un derecho bien establecido, pero ahora está asediado por nuevas y sofisticadas tecnologías y por la mercantilización omnipresente de nuestros datos por parte de las empresas. Es de esperar que los esfuerzos de la sociedad civil para proteger el derecho a la privacidad generen debates sobre derechos y conceptos nuevos, como el derecho a la justicia en los algoritmos o el “derecho al olvido”, que podrían usar las personas para borrar información sobre su pasado en las plataformas en línea.

El movimiento Black Lives Matter es un dominio en el que los nuevos derechos podrían ayudar a aglutinar las exigencias de los movimientos sociales durante las protestas. La Unión Americana de Libertades Civiles y la Electronic Frontier Foundation, por ejemplo, promueven el “derecho a grabar” interacciones con las autoridades policiales, un derecho que necesitan reconocer los tratados internacionales de derechos humanos.

Los nuevos avances en CRISPR y otras biotecnologías pueden exigirnos nuevas maneras de pensar en los derechos o requerir derechos completamente nuevos. En un mundo que se enfrenta a la hambruna, al paludismo y ahora a la pandemia de coronavirus, esos avances podrían utilizarse para mejorar la salud pública y curar enfermedades, o bien, podrían dar lugar a un sesgo genético arraigado o debilitar aún más el derecho a la salud, a medida que las naciones y las personas ricas buscan lograr avances genéticos a expensas de los pobres. 

Sin embargo, como ya hemos dicho antes, los derechos humanos no son los únicos que cambiarán durante las próximas décadas. A muchas personas les resulta fácil imaginar que se deben asignar algunos derechos a los animales, como el derecho a no ser maltratados o a que se les garantice un ambiente propicio para vivir. 

La naturaleza y los ecosistemas constituyen otra frontera para el desarrollo de los derechos. Si los seres humanos contaminamos un río o excavamos una montaña, ¿no estamos violando, en cierto sentido, la dignidad de ese río o esa montaña? Muchas culturas indígenas ya consideran que el mundo natural, incluidos elementos inertes como las rocas o el cauce de los ríos, está dotado de vida que exige respeto. El primer reconocimiento de los derechos de la naturaleza a nivel nacional ocurrió en 2008, cuando se ratificó la nueva constitución de Ecuador, uno de los países con mayor diversidad biológica del planeta. Con base en el concepto indígena de sumak kawsay, que se traduce como el “buen vivir” o la “convivencia en armonía”, la Constitución ecuatoriana declara que la Naturaleza o la Pachamama [Madre Tierra] tiene derecho al respeto integral, el mantenimiento y la regeneración. Dos años más tarde, Bolivia aprobó la Ley de Derechos de la Madre Tierra. En tiempos más recientes, la Corte Interamericana de Derechos Humanos reconoció el derecho fundamental a un medio ambiente saludable en 2018 e incluso la Corte Penal Internacional está examinando delitos que causan destrucción ambiental. Es posible que a las generaciones futuras les parezca sensato asignar derechos a los ecosistemas, no solo para garantizar la supervivencia de los seres humanos, sino también para atesorar a la propia naturaleza.

Cuando algo es un derecho, se le reconoce universalmente como tal, y no está sujeto a los azares de la política ni a los caprichos de un régimen en particular.

¿Podríamos brindar protección solo a través de las leyes sin ampliar la lista de derechos? Por supuesto. Pero también podríamos simplemente prohibir la tortura o las violaciones de las garantías procesales sin necesidad de elevarlas al nivel de los derechos. Los derechos a no ser torturados o a que no se nos nieguen las garantías procesales existen porque al convertirlos en derechos se les confiere un grado de seriedad y permanencia que no pueden alcanzar las leyes y las políticas. Los derechos asignan a sus titulares un valor, una dignidad y una protección, incluida la protección de los mecanismos internacionales de derechos humanos, que las leyes y las políticas por sí solas no pueden proporcionar. Cuando algo es un derecho, se le reconoce universalmente como tal, y no está sujeto a los azares de la política ni a los caprichos de un régimen en particular.

En una época en la que los derechos bien establecidos están siendo atacados, ¿tiene sentido ampliar nuestra noción de derechos, sobre todo con respecto a entidades no humanas o a inquietudes de derechos humanos que se vislumbran en un horizonte lejano? Sí, porque para garantizar las libertades y los derechos bien establecidos, como el derecho de reunión o asociación pacífica, se pueden necesitar derechos nuevos como el derecho a grabar, y porque los nuevos derechos para las comunidades marginadas o incluso para la naturaleza no interfieren con nuestra misión de garantizar los derechos existentes. En muchos casos, los derechos “viejos” y “nuevos” están entrelazados de tal manera que los derechos humanos son más pertinentes y eficaces si nosotros, como miembros y partidarios de los movimientos de derechos humanos, podemos pensar y actuar centrándonos en los desafíos de hoy y en los que se avecinan.