La cuestión de si los derechos sociales y económicos son derechos “reales”, y si se deben constitucionalizar junto con los derechos civiles y políticos y hacer cumplir de la misma manera por los tribunales (es decir, el tema de la justiciabilidad), se debate intensamente desde hace algún tiempo. He seguido las discusiones con interés desde que obtuve mi título en Derecho en Sao Paulo, Brasil, en 1993. Fui parte de la primera generación de graduados de Derecho en el país que estudió conforme a la Constitución de 1988 promulgada tras el fin de la dictadura, la cual incluye una larga lista de derechos económicos y sociales progresistas.
Durante la primera década de esa constitución, tanto los juristas como los tribunales brasileños consideraron los derechos económicos y sociales como normas “no justiciables” (es decir, “normas programáticas”). Sin embargo, en el año 2000, esta posición cambió gracias a un caso emblemático sobre el derecho a la salud visto por el máximo tribunal de Brasil.
Desde entonces, los abogados y los jueces brasileños han tratado los derechos sociales como derechos plenamente justiciables e inmediatamente exigibles. En consecuencia, el país ha sido testigo de una avalancha de demandas, que tratan desde el derecho a la salud hasta los derechos a la educación, la vivienda, las prestaciones sociales, el salario mínimo y más.
Los defensores acérrimos de los derechos sociales celebran el caso de Brasil y otros casos similares en Latinoamérica, incluidos Argentina, Colombia y Costa Rica. En su opinión, estos países han hecho enormes avances en la lucha por los derechos económicos y sociales.
Los firmes opositores de estos derechos o de la imposición judicial de su cumplimiento, sin embargo, consideran esta tendencia como una usurpación judicial de una función legítima del proceso democrático. De acuerdo con los críticos, los problemas relacionados con los derechos económicos y sociales se deben abordar dentro del ámbito de las legislaturas nacionales o locales, y no en los tribunales.
Este debate polarizado y a menudo ideológico no da señales de estar disminuyendo, a juzgar por los intercambios en estas páginas, y en otros lugares. No obstante, se ha tratado de un debate estéril, ya que los autores tienden a hacer afirmaciones abstractas, en vez de con justificación empírica.
El debate también se debe enfocar en la evidencia empírica real, en vez de en argumentos normativos puramente abstractos y con frecuencia ideológicos.
La legalización y la judicialización de los derechos económicos y sociales no tienen nada intrínsecamente correcto o incorrecto; ambas opciones pueden tener resultados buenos o malos, según el contexto. Por lo tanto, el debate también se debe enfocar en la evidencia empírica real, en vez de en argumentos normativos puramente abstractos y con frecuencia ideológicos.
Ciertamente, las personas de buena fe pueden discrepar sobre cómo medir el impacto de la legalización y la judicialización. Pero ése es el rumbo que debería tomar el debate entre quienes apoyan los derechos sociales, incluso si desconfían del enfoque jurídico. (Con los libertarios radicales, claro está, no tiene sentido debatir).
Afortunadamente, muchos académicos han comenzado a tratar de medir el impacto. En estas mismas páginas, la contribución de Jacob Mchangama, aunque polémica y abierta a varios cuestionamientos metodológicos con respecto a la recolección de datos, el análisis y las conclusiones, es un ejemplo de la clase de trabajo que se requiere. Se han realizado recientemente otros esfuerzos interesantes en ese sentido como parte de la creciente literatura al respecto. Mi propio trabajo de investigación analiza empíricamente miles de casos sobre el derecho a la salud adjudicados en los tribunales brasileños desde el año 2000 e intenta evaluar su impacto en la manera en que la población brasileña disfruta realmente de ese derecho. Se requiere más investigación de este tipo, que centre su atención en sociedades específicas, para poner a prueba las aseveraciones escépticas y generalizadoras como el argumento de Mchangama sobre que “por lo general, incluir los derechos sociales y económicos no tiene efectos positivos robustos en el desarrollo social a largo plazo de la población”. Esto parece especialmente hiperbólico y poco convincente en el caso de Brasil y, sospecho, también en otros países.
En el caso de Brasil, a pesar de que soy un crítico feroz de lo que llamo el “modelo brasileño” de judicialización de la salud (principalmente debido a los efectos no equitativos que ha tenido en el sistema de salud pública), creo que la constitucionalización de los derechos sociales en 1988 probablemente contribuyó a los últimos 25 años de mejoras sociales en el país.
Demotix/Fabio Teixeira (All rights reserved)
A protest against healthcare privatization in Rio de Janeiro, Brazil.
Los hechos son claros: el índice de desarrollo humano de Brasil aumentó desde un nivel bajo de 0.5 en 1991 a más de 0.7 en 2010; una mejora de más del 47%. Similarmente, la esperanza de vida aumentó de 67 en 1990 a 74 en 2012, y la mortalidad infantil ha disminuido de 52 a 13 por cada 1,000 bebés nacidos vivos. Por otra parte, el analfabetismo, cayó a menos del 10% por primera vez en la historia de Brasil. Y hoy en día, la mayoría de los niños están inscritos en la escuela primaria.
Por supuesto que es difícil demostrar una relación causal directa entre la constitucionalización de los derechos sociales en Brasil en 1988 y las mejoras en el país durante los últimos 25 años. Después de todo, hay muchas otras posibles influencias importantes, y aún no existe una metodología aceptable que sea capaz de medir tal impacto, aunque deberíamos seguir desarrollándola. Los retos son muchos, desde la disponibilidad y fiabilidad de las fuentes de datos hasta la falta de consenso sobre las variables relevantes y sobre cómo interpretar los datos disponibles.
Con todo, es poco convincente sugerir que los derechos sociales en Brasil no tuvieron nada que ver con el significativo progreso social reciente del país ante los fuertes obstáculos generados por una ola de políticas neoliberales que intentaron con ímpetu, y sin éxito, frenar las inversiones sociales impuestas por la Constitución. Se requieren más datos tanto a nivel macro como micro. Para quienes creemos en los derechos sociales como una herramienta con potencial transformador, ésta es el área en la que debemos concentrar nuestros esfuerzos.