Cuando les digo a mis amigos que mi trabajo es sobre el cambio climático y la salud de las mujeres, muchas veces se quedan desconcertados: ¿qué tiene que ver el cambio climático con la salud de las mujeres? Cuando piensan en el cambio climático, la mayoría de las personas se imaginan un oso polar hambriento parado sobre un trozo de hielo ártico cada vez más pequeño, incapaz de cazar focas.
Pero es evidente que el cambio climático también afecta la salud humana. Y algunos estudios e informes han encontrado que exacerba la desigualdad de género, especialmente en los países en desarrollo. El cambio climático pone en mayor desventaja a las mujeres que ya experimentan condiciones de pobreza, perpetuadas por las prácticas sociales, las estructuras patriarcales y las instituciones. El cambio climático también tiene efectos negativos sobre la salud y los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, también conocidos como SDSR (o SRHR, por sus siglas en inglés).
¿Qué significa SDSR exactamente? Este término abarca cuatro conceptos interrelacionados: salud reproductiva, salud sexual, derechos reproductivos y derechos sexuales. En pocas palabras, tiene en cuenta la sexualidad y la reproducción humanas; los derechos a la información y a servicios de salud sexual y reproductiva asequibles; los derechos a la integridad física; la elección de la pareja, el matrimonio consensual y las relaciones sexuales con consentimiento; las decisiones sobre la cantidad de hijos, el momento en que se producen y el espaciamiento entre ellos; y la ausencia de coerción, discriminación y violencia, incluso durante situaciones de guerra, desastres naturales y otras crisis humanitarias. Los cuatro ejemplos a continuación, obtenidos a partir de estudios realizados en Bangladesh, Malasia, Maldivas, Nepal y Pakistán, ponen de relieve la manera en que el cambio climático está repercutiendo cada vez más en la SDSR de las mujeres.
En primer lugar, los fenómenos meteorológicos extremos exacerbados por el cambio climático, como sequías, inundaciones, ciclones, etc., a menudo alteran los sistemas o fuentes de agua, así como las instalaciones de alcantarillado y saneamiento, lo que provoca escasez de agua limpia, contaminación del agua o ambas cosas. Cuando el agua limpia escasea, las mujeres suelen ahorrar agua para el uso doméstico en lugar de para sus necesidades personales. Cuando esto sucede, las mujeres prescinden de sus prácticas higiénicas diarias, tal vez debido a la falta de retretes o baños seguros y cercanos, lo que dificulta enormemente el manejo de las necesidades de menstruación e higiene de las mujeres. También es posible que las mujeres se abstengan de beber agua para evitar tener que usar los retretes, lo que a su vez puede ocasionar infecciones urinarias y del sistema reproductivo.
En segundo lugar, el aumento de las temperaturas y la sequía afectan el acceso de las mujeres a los alimentos, debido a la pérdida de cosechas y al alza de los precios de los alimentos, así como su consumo de los mismos. En la actualidad, la desnutrición ya es un problema importante para las mujeres en algunos países en desarrollo debido a los sesgos de género en la asignación de alimentos dentro del hogar; los fenómenos meteorológicos extremos exacerbarían esta situación. Por ejemplo, en el Sur de Asia, algunas culturas todavía mantienen jerarquías alimentarias en los hogares, las cuales determinan que las mujeres y las niñas no pueden comer hasta que los hombres y los niños de la familia lo hayan hecho. Estas mujeres desnutridas corren un riesgo elevado de sufrir complicaciones durante el embarazo y el parto; tener hijos prematuros o de bajo peso al nacer (por debajo de 2.5 kilogramos); anemia de mayor gravedad, amenorrea, retraso del crecimiento intrauterino e infertilidad, así como retraso de la menarquia en las niñas.
WorldFish/Flickr (CC BY-NC-ND 2.0 - Some rights reserved)
Studies in Bangladesh, Malaysia, Maldives, Nepal and Pakistan--highlight how climate change is having an increasing impact on women’s SRHR.
En tercer lugar, las mujeres que residen en albergues temporales a causa de huracanes o inundaciones, por ejemplo, frecuentemente sufren acoso sexual, violaciones u otras formas de violencia de género. Debido a las estrictas normas de género y las nociones tribales de honor, es posible que las mujeres no denuncien estas situaciones o siquiera hablen de ellas con amigos, familiares o personal médico. En cambio, terminan sintiéndose inseguras y temerosas, y pueden ser atacadas repetidamente. Algo similar puede ocurrir debido a la sequía, cuando las mujeres deben caminar más lejos, a menudo en territorios desconocidos, para buscar agua, leña y alimentos.
Por último, los fenómenos meteorológicos extremos también agudizan el problema del matrimonio prematuro o forzado de las niñas. Ante el desplazamiento o la pobreza relacionados con el cambio climático, las familias pobres recurren al matrimonio prematuro como estrategia para sobrellevar la situación. En estos casos, los padres, tutores u otros familiares obligan a las niñas menores de 18 años a contraer matrimonio, generalmente con hombres mayores. El matrimonio prematuro les arrebata a las niñas su infancia, las despoja de oportunidades de educación y empleo, les impone responsabilidades domésticas, les niega la facultad de tomar decisiones en la familia, las expone a la violencia de género, las pone en riesgo de contraer infecciones de transmisión sexual (ITS), como el VIH y el SIDA, y aumenta las probabilidades de complicaciones durante el embarazo y el parto que pueden ocasionar la muerte. El matrimonio prematuro suele ir de la mano con la procreación temprana, ya que estas niñas no disponen de información sobre salud sexual y reproductiva, ni de las aptitudes necesarias para negociar el retraso del embarazo.
Por estos y otros motivos, los delegados en las negociaciones internacionales sobre el clima y los responsables de formular políticas nacionales deben garantizar que las políticas climáticas consideren los efectos de género del cambio climático e incorporen la SDSR. También deben garantizar la participación equitativa de las mujeres en la elaboración de políticas, presupuestos y programas, así como en los procesos de implementación.
Muy a menudo, la falta de voluntad política significa que las cuestiones relativas a la SDSR se ignoran repetidamente en los foros internacionales y regionales, así como en los sistemas judiciales y las legislaturas estatales. Aunque la salud y los derechos sexuales y reproductivos están protegidos por la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), entre otros instrumentos, se consideran un tema controvertido. En realidad, no hay mucho que discutir sobre la necesidad de reconocer, respetar y hacer efectivos la salud y los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y niñas. Estas cuestiones también se plasman en los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS): “Para 2030, garantizar el acceso universal a los servicios de salud sexual y reproductiva, incluidos los de planificación de la familia, información y educación, y la integración de la salud reproductiva en las estrategias y los programas nacionales” (ODS 3); y “Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas” (ODS 5).
El motivo por el cual no se da prioridad a la SDSR (aunque es necesario hacerlo) en las políticas, estrategias, financiamiento y programas sobre el cambio climático es que, debido a la desigualdad de género, muchas veces se hace caso omiso de la contribución y el papel de las mujeres como agentes de cambio. A consecuencia del sistema y la estructura patriarcales, siguen siendo los dirigentes y los formuladores de políticas de sexo masculino quienes toman las decisiones sobre los cuerpos de las mujeres. También hay falta de transparencia en los procesos y decisiones relativos a las negociaciones sobre el cambio climático, en particular en las reuniones de la Conferencia de las Partes (CP) y el Fondo contra el Cambio Climático. Como parte esencial de los derechos humanos de las mujeres, la salud y los derechos sexuales y reproductivos no son negociables; los negociadores de cuestiones climáticas no pueden elegir qué derechos humanos concederles a las mujeres.