El 29 de marzo de 2023, la Asamblea General de las Naciones Unidas (AGNU) solicitó la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) sobre las obligaciones de los Estados con respecto al cambio climático. En respuesta a esta petición, algunos académicos, entre ellos Rafsi Albar, mi compañero de investigación en la Universitas Gadjah Mada, han animado a la CIJ a adoptar el actual enfoque antropocéntrico integrando las perspectivas de las distintas partes interesadas y vinculando la crisis ecológica con los principios internacionales de derechos humanos.
Aunque no se puede negar la importancia de los derechos humanos, el antropocentrismo ha demostrado ser insuficiente para abordar las exigencias de la crisis climática, produciendo en ocasiones resultados ecológicos indeseables. La protección del medio ambiente es una condición necesaria para el disfrute efectivo de los derechos humanos, pero la protección de los derechos humanos no proporciona por sí misma protección suficiente para el medio ambiente. Además, el desarrollo sostenible (DS) -un ejemplo destacado de enfoque antropocéntrico- ha demostrado sus fallos, fomentando la explotación al tiempo que etiqueta dichas actividades como sostenibles en lugar de promulgar una verdadera protección del medio ambiente. Por el contrario, reconocer el valor inherente de la naturaleza a través del ecocentrismo llevaría a los seres humanos hacia una protección integral bajo la idea de los derechos de la naturaleza.
El ecocentrismo como restricción, no como negación de las necesidades humanas
Un malentendido común del ecocentrismo es que exige que los defensores del clima nieguen las necesidades humanas en aras de la protección de la naturaleza. Seamos claros: el ecocentrismo se refiere a una visión en la que la naturaleza debe valorarse por sí misma, al margen de cualquier valor utilitario para los seres humanos. Sin embargo, el ecocentrismo no exige el sacrificio de las necesidades humanas.
Al conferir derechos a la naturaleza como sujeto digno de protección, el ecocentrismo obliga a los humanos a aceptar límites en su conducta. En el modelo ecocéntrico, no pueden comprometerse con la naturaleza únicamente como objeto, explotándola gravemente y tratándola como una mera mercancía en el ciclo del consumo. La experiencia demuestra que no es imposible proteger y, al mismo tiempo, utilizar sabiamente la naturaleza en beneficio de la humanidad. Algunas comunidades tienen un sistema de vida alternativo en el que alinean la vida humana con la naturaleza en lugar de ejercer poder sobre ella.
Para preservar un medio ambiente sano para las generaciones actuales y futuras, el ecocentrismo debe prevalecer sobre el antropocentrismo. La incertidumbre de la naturaleza hace casi imposible determinar cuánto necesitamos conservar para mantener el interés humano, ya que la naturaleza consiste en procesos no lineales. Es imposible predecir, por ejemplo, con precisión cuánta minería extractiva es suficiente para devastar el medio ambiente y afectar a la vida humana.
Además, mediante el enfoque antropocéntrico, se reconocen los intereses de ciertas comunidades mientras que se desatienden los de otras. Cuando se trata a la naturaleza como un mero objeto para sustentar la vida humana, el interés de las personas por protegerla sólo llega hasta donde les proporciona beneficios y no amenaza su existencia. Sin embargo, la degradación ecológica afecta a muchas sociedades de forma diferente. La tristemente célebre extracción de cobalto en la República Democrática del Congo (RDC) o las prospecciones petrolíferas en el delta del Níger son buenos ejemplos. En su mayoría, las sociedades no africanas (países occidentales y asiáticos) no se han opuesto a estos hechos porque proporcionan un número considerable de beneficios socioeconómicos. Si a los defensores de los países occidentales y asiáticos sólo les preocupa la equidad intergeneracional e intrageneracional, la equidad para "sus generaciones" está más o menos asegurada siempre que su suelo no se vea directamente afectado y posean la capacidad tecnológica para proteger a su población.
Desde un punto de vista antropocéntrico, es ilógico proporcionar equidad de forma global. En el caso de la extracción de recursos en la RDC y el delta del Níger, los más afectados son los menos favorecidos, es decir, la población congoleña y nigeriana. La visión antropocéntrica permite, en efecto, que ellos, como seres humanos, tengan derecho a un medio ambiente limpio, sano y sostenible y que todas las naciones estén obligadas a respetar sus derechos. Sin embargo, los congoleños y los nigerianos también tienen derechos al desarrollo que deben ser satisfechos por su gobierno a partir de los beneficios de la minería. Estas narrativas flexibles e hipócritas de los derechos humanos son inadecuadas para satisfacer las demandas de la crisis climática.
Se han hecho varios intentos, aunque de forma parcial y local, de establecer legalmente un enfoque ecocéntrico. En la India, por ejemplo, el enfoque antropocéntrico había llevado a los tribunales a reconocer únicamente a los seres humanos como titulares de derechos, permitiendo así la contaminación masiva a través de los ríos Ganges y Yamuna. En 2017, el Tribunal Superior de Uttarakhand (India) cambió el paradigma al reconocer la personalidad jurídica de los ríos Ganges y Yamuna. Del mismo modo, en su Opinión Consultiva OC-23/17, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) reconoció los derechos de la naturaleza sin el requisito de demostrar violaciones de los derechos humanos existentes por la degradación ambiental. Al adoptar el ecocentrismo, el tribunal reconoció implícitamente la eficacia de este enfoque para salvaguardar los derechos humanos de forma holística.
El desarrollo sostenible llevó la protección del medio ambiente al País de Nunca Jamás
Para medir concretamente la eficacia del antropocentrismo, este análisis recurrirá al principio de desarrollo sostenible como ejemplo de una comprensión antropocéntrica de la naturaleza. La noción se ideó por primera vez durante la época colonial para responder a una disminución gradual de las reservas de madera y pescado, principalmente en los territorios coloniales. El hecho de que hoy en día la pesca sea atrozmente insostenible habla de un fracaso más amplio de los principios del DS.
Pero, ¿por qué fracasó el DS? Para empezar, el desarrollo sostenible no promueve la conservación del medio ambiente. Por el contrario, la idea que subyace a la DS es explotar de forma sostenible o con apariencia de sostenibilidad, ofreciendo una aparente reconciliación entre ecología y economía. Por lo tanto, los debates relacionados siempre giran en torno a ciertos términos clave, como desarrollo, crecimiento, recursos y necesidades básicas. El medio ambiente se considera, en parte, con una lógica retorcida: el supuesto culpable de su degradación no es el capitalismo, sino la pobreza. Siguiendo esta línea de argumentación, la pobreza fomentará el crecimiento demográfico que contribuye a la degradación del medio ambiente. Además, la pobreza lleva a algunas sociedades a ignorar la educación y a adoptar comportamientos perjudiciales para el medio ambiente. De ahí que, para disminuir la destrucción medioambiental, haya que aliviar la pobreza mediante un crecimiento económico que mejore el bienestar social. Hoy, más de 30 años después de su aplicación postcolonial, los defensores del DS no han logrado oponerse con firmeza a los combustibles fósiles ni erradicarlos, lo que ha llevado al colapso el plan mundial de reducción de emisiones de carbono.
Otro ejemplo es la explotación minera de los fondos marinos. Basándose en el derecho del mar que defiende los principios de DS, privilegiar los intereses humanos ha estimulado conductas explotadoras. Cusato y Jones señalan que, aunque varias organizaciones han pedido una moratoria de la DSM debido a su enorme impacto ambiental -en parte aún desconocido-, en la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos se está debatiendo la redacción de un código de minería. Sus defensores, por supuesto, se basan en los principios del DS para afirmar que esta explotación se llevará a cabo de forma sostenible.
Conclusión
Como se ha dicho a menudo, "La definición de locura es hacer lo mismo una y otra vez y esperar un resultado diferente". La CIJ debe dejar de volver al mismo marco medioambiental dominante que ha fracasado desde la época colonial. El antropocentrismo (y su progenie en forma de DS) ha demostrado ser insuficiente desde hace mucho tiempo, incluso para justificar la destrucción ecológica. Dado que los derechos humanos relacionados con el medio ambiente han sido reconocidos en las constituciones de todo el mundo, es hora de que la CIJ incorpore los derechos de la naturaleza per se.