Este mes, el Experto Independiente de la ONU sobre la Protección contra la Violencia y la Discriminación por Razón de Orientación Sexual e Identidad de Género (SOGI) presentará su informe sobre la violencia y la discriminación relacionadas con SOGI y el derecho a la libertad de religión o creencia (FoRB, por sus siglas en inglés).
Esto es muy necesario, ya que la relación entre FoRB y los derechos relacionados con la orientación sexual y la identidad de género es ampliamente vista como una de antagonismo y controversia tanto por los actores del FoRB como por la comunidad LGBTQI+.
A menudo se utiliza indebidamente la religión como excusa para ejercer la violencia contra las personas por su orientación sexual o identidad de género. Algunos ejemplos son la llamada "terapia de conversión" y la "violación correctiva", las esterilizaciones forzadas, los delitos de odio y la incitación a la violencia. Es evidente que estas acciones no están protegidas por el derecho a la libertad de expresión, porque los derechos humanos nunca pueden invocarse para justificar ninguna forma de violencia, independientemente de si esta violencia se legitima con referencia a la religión o no.
Además, la religión, la moral religiosa o los "valores tradicionales" inspirados en la religión no pueden utilizarse legítimamente como motivos para la discriminación no violenta de las personas LGBTQI+. El FoRB protege el derecho de las personas a creer lo que quieran y a practicar y manifestar esta creencia, solos o en comunidad con otros. Aunque el derecho a tener, cambiar y abandonar una religión o creencia nunca puede restringirse, el derecho a manifestar una religión o creencia puede –y debe— limitarse en determinadas circunstancias, sobre todo cuando estas manifestaciones violan los derechos y libertades de los demás.
Sin embargo, en todo el mundo se invoca con frecuencia la religión, o sus interpretaciones conservadoras, para restringir los derechos de las personas LGBTQI+. En marzo de 2023, por ejemplo, el Parlamento ugandés aprobó una ley que penaliza, entre otras cosas, la identificación LGBTQI+ con una pena de 20 años de prisión como forma, según afirma un diputado, de "proteger nuestra cultura eclesiástica; los valores legales, religiosos y familiares tradicionales de los ugandeses". El año pasado, Rusia introdujo una prohibición total de la llamada "propaganda gay", que incluye la difusión de información que "promueva" o "alabe" las relaciones entre personas del mismo sexo. La prohibición ha hecho prácticamente imposible compartir cualquier información positiva o incluso neutral sobre cuestiones LGBTQI+, por ejemplo, la publicación y venta de libros con personajes LGBTQI+ implicados. Uno de los autores de la ley se refirió a su apoyo por parte de la Iglesia Ortodoxa Rusa y argumentó que la ley es una respuesta a la guerra ideológica llevada a cabo contra Rusia por Occidente.
Estas leyes constituyen una grave injerencia en la libertad y la autonomía personal de las personas LGBTQI+, violan su dignidad humana y las estigmatizan aún más a los ojos de la sociedad en general. La utilización de la religión por parte del Estado para estos fines no puede justificarse en modo alguno con referencia al derecho a la libertad de expresión. Esto ha sido subrayado por el relator de la ONU sobre el FoRB, junto con otros relatores especiales de la ONU, en una declaración conjunta de 2021, afirmando que "tanto el derecho a la libertad de religión o de creencias como el derecho a vivir libre de violencia y discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género se basan en una promesa de libertad humana”.
La discriminación de las personas LGBTQI+ suele incluir restricciones a su derecho a la libertad de religión o de creencias. En distintas partes del mundo, las personas LGBTQI+ de fe sufren restricciones en su derecho al culto, la enseñanza o la difusión de materiales religiosos debido a su orientación sexual o identidad de género. Las personas LGBTQI+ son acusadas de blasfemia o herejía cuando defienden interpretaciones de la religión que tienen en cuenta el género. Pero el FoRB protege el derecho de todos, lo que incluye a las personas LGBTQI+, a tener o manifestar una religión o creencia. No corresponde al Estado respaldar interpretaciones conservadoras o progresistas de la religión, pero el Estado puede —y debe— promover una sociedad inclusiva en la que haya espacio para que coexistan y se practiquen libre y pacíficamente diferentes creencias y convicciones.
En este contexto, el derecho a la libertad de religión y de creencias puede ser, de hecho, una herramienta para empoderar a las personas LGBTQI+ en su lucha por la igualdad de derechos. En todo el mundo, las feministas religiosas, los activistas LGBTQI+ y otros defensores de la igualdad de género basados en la fe insisten en su libertad de creer y practicar sus creencias de una manera que sea coherente con los principios de igualdad de género y no discriminación, y que esté inextricablemente entrelazada con ellos. La Global Interfaith Network, por ejemplo, es una red de personas y organizaciones "comprometidas a utilizar nuestras creencias y tradiciones para garantizar que se reconozcan, respeten y valoren las opiniones, los valores y los derechos de las personas de todos los sexos, orientaciones sexuales, identidades y expresiones de género".
Obviamente, hay situaciones en las que la relación entre el derecho a la libertad de religión y de expresión y el derecho a no ser discriminado es menos clara que las mencionadas anteriormente. Por ejemplo, ¿puede un predicador religioso reivindicar el derecho a expresar opiniones incluso fuertemente homófobas como parte de su libertad religiosa? ¿Debería permitirse a las instituciones religiosas despedir a un empleado alegando que su orientación sexual o identidad de género es incompatible con la ética religiosa de la organización? ¿Puede eximirse a los funcionarios del registro civil de oficiar matrimonios entre personas del mismo sexo por motivos religiosos?
No hay respuestas fáciles a estas preguntas, y en diferentes jurisdicciones se pueden encontrar distintos enfoques para la resolución de tales disputas. Sin embargo, las normas de derechos humanos nos obligan a no interpretar estas situaciones como expresiones de conflictos inherentes e insuperables entre dos conjuntos de derechos mutuamente excluyentes, que dan lugar a soluciones de suma cero en las que un derecho triunfa sobre el otro.
El hecho de que algunas de estas disputas puedan producirse entre dos reivindicaciones diferentes de ddhh, en lugar de entre reivindicaciones de ddhh y no discriminación, respectivamente, sólo contribuye a desmontar aún más esta noción de un choque inherente de derechos. Debemos evaluar cuidadosamente las reivindicaciones de derechos de ambas partes y buscar soluciones que maximicen la protección para todos, y así lograr la "concordancia práctica" de las reivindicaciones implicadas, como señaló Heiner Bielefeldt, antiguo relator especial de la ONU sobre FoRB. Esto requiere un análisis cuidadoso, sensibilidad ante el contexto y un diálogo respetuoso.
A la hora de buscar soluciones a conflictos o disputas concretas, conviene recordar que, en todo el mundo, la opresión de las minorías religiosas suele ir de la mano de la discriminación basada en la orientación sexual o la identidad de género. Las necesidades espirituales de los disidentes religiosos y de las personas LGBTQI+ suelen verse restringidas de forma similar. En lugar de alimentar antagonismos y conflictos, deberíamos fomentar el desarrollo de coaliciones y alianzas en las que participen los defensores del FoRB y los defensores de los derechos SOGI que apoyan el avance de ambos derechos y el desarrollo de un clima social que incluya a personas de distintas identificaciones religiosas y de género. El informe del experto independiente de la ONU en SOGI puede ser un paso importante en esta dirección.