Elevar el derecho en la lucha contra las atrocidades

Frustrados por las deficiencias de la Corte Penal Internacional (CPI), los analistas cuestionan cada vez más la utilidad del derecho en la lucha contra el genocidio, los crímenes de lesa humanidad y los crímenes de guerra (en conjunto, los crímenes de atrocidad internacionales). Como ejemplo emblemático de este tipo de críticas, Leslie Vinjamuri y Jack Snyder escribieron recientemente un artículo de oGR con el provocativo título: “Para prevenir las atrocidades, hay que recurrir primero a la política y al derecho después”. Ellos sostienen que los efectos positivos de disuasión que la investigación de las profesoras Beth Simmons y Hyeran Jo atribuye a la CPI (parte del tema de un artículo de oGR anterior) se pueden explicar mejor a partir de la política. Para ellos, la “centralidad de la política” hace que la diplomacia y otros medios no jurídicos sean las mejores maneras de evitar y enfrentar las atrocidades a nivel internacional.

Sin embargo, el análisis de Vinjamuri y Snyder pasa por alto la centralidad del derecho para el mantenimiento de la paz y la estabilidad en distintos países del mundo. Esta realidad a nivel nacional muestra cuál es la mejor manera de abordar las atrocidades internacionales. Hasta la fecha, los partidarios de “la paz sobre la justicia” no han podido refutar este punto de manera convincente, y con razón, ya que tanto en el Norte como en el Sur Global se reconoce que el derecho es esencial para la paz y seguridad nacionales duraderas. Con base en numerosas décadas de desarrollo, estos países han descubierto que el primer paso para combatir la delincuencia es la aplicación de la ley, no los políticos ni los mediadores.

El primer paso para combatir la delincuencia es la aplicación de la ley, no los políticos ni los mediadores. 

Los sistemas jurídicos nacionales bien desarrollados dependen de las leyes no solamente para conservar la paz, sino también para disuadir la delincuencia. Independientemente del lugar que se ocupe en el tan debatido espectro de derecho-disuasión, no cabe duda de que la amenaza de experimentar consecuencias negativas influye en los seres humanos. Además, pocos abogarían por la abolición o disminución de las leyes porque aún ocurren delitos nacionales o transnacionales (p. ej., la corrupción, el tráfico).

Por supuesto que los países pacíficos también les deben mucho a las instituciones democráticas y las manifestaciones políticas vigorosas; y las entidades políticas son las que establecen la ley. Pero esto no significa que el derecho se subyugue a la política. Por el contrario, ambos desempeñan una función importante y que se refuerza mutuamente para hacer frente a la delincuencia. Lo más importante es que, en estos países, los organismos políticos nacionales apoyan a las instituciones judiciales independientes con firmeza y regularidad, incluso cuando resultan incómodas desde el punto de vista político. Desafortunadamente, no se puede decir lo mismo de la relación entre la comunidad internacional y la CPI.

También es cierto que las lecciones aprendidas a partir de la manera en la que funciona la ley en los países desarrollados no son tan fáciles de aplicar a nivel internacional. Aun así, el hecho de que algo sea difícil no significa que no deba hacerse. Todos los países desarrollados que gozan de paz y seguridad gracias a un estado de derecho independiente y en funcionamiento cuentan con instituciones judiciales que se crearon hace décadas, a partir de una posición similar a la que tiene hoy en día la CPI.

El esfuerzo que se requiere para establecer el estado de derecho a nivel mundial, incluida la CPI, vale mucho la pena si revisamos cuidadosamente los fracasos históricos del enfoque que coloca la política en primer lugar. Antes de que emergiera el derecho internacional como una manera viable de abordar los conflictos y las atrocidades, la diplomacia y la política eran los únicos recursos disponibles. Al analizar esta trayectoria, la historia está plagada de más negociaciones de paz y cesaciones de fuego fallidas que exitosas, a menudo a costa de más vidas y sufrimiento humano. Si bien muchos factores contribuyeron a estos fracasos, una de las principales razones es que no se castigaron los crímenes cometidos de manera generalizada en estos conflictos, lo que permitió que las injusticias sin resolver se acumularan y que finalmente explotaran en un conflicto renovado. Sin una amenaza real de responsabilidad penal, los dictadores despiadados tenían pocas razones para detener el ciclo de violencia. Este hecho es la razón por la que el reverendo Martin Luther King, Jr. señaló que “la verdadera paz no es solamente la ausencia de tensiones; es la presencia de la justicia”.


Demotix/timothy ngumi (All rights reserved)

It would be disingenuous to believe that the ICC’s highly visible, ongoing cases against Kenyan leaders did not play a substantial role in deterring mass violence following Kenya's 2013 election.

 


 

Vinjamuri y Snyder mencionan la continuación de la comisión de crímenes en Libia y Sudán, después de que el Consejo de Seguridad de la ONU remitiera a ambos países a la CPI, como evidencia de la ineficacia de la Corte. Sin embargo, esta crítica no es acertada. El motivo principal para enjuiciar a quienes ya rompieron la ley es la rendición de cuentas, no la disuasión. Sin embargo, los juicios exitosos generan disuasión. Si quienes cometen atrocidades realmente son enjuiciados (y no solamente acusados), los posibles infractores tendrían verdaderos motivos para temer ser enjuiciados también. Como consecuencia, se evitan futuras atrocidades por parte de otros líderes a partir de una convicción concreta de que cometer atrocidades debilitará su control del poder, en vez de fortalecerlo. Este no ha sido el caso ni en Sudán ni en Libia, donde el trabajo de la Corte no ha recibido el apoyo suficiente del Consejo de Seguridad de la ONU ni de los Estados Partes de la CPI, en particular al no contribuir a convertir las acusaciones en juicios. Su fracaso en este sentido es un fracaso de la política y la diplomacia, no del derecho.   

Los críticos de la justicia a menudo sostienen que se renuncia a la paz cuando se busca la responsabilidad jurídica durante los conflictos, porque los déspotas brutales “se cerrarán en banda” y prolongarán el conflicto para evitar ser enjuiciados. Sin embargo, el caso de Siria muestra que esta afirmación no es en absoluto convincente. Hasta la fecha, la posibilidad de que el régimen de Assad, los grupos rebeldes o el Estado islámico tengan que rendir cuentas algún día por sus supuestas atrocidades ante un tribunal judicial es extremadamente remota, pero el conflicto se ha extendido ya a su quinto año, lo que lo convierte en uno de los crímenes de atrocidades masivas de mayor duración desde los Jemeres Rojos de Camboya. Se puede argumentar que la falta de rendición de cuentas (real o posible) en Siria ha envalentonado a estos actores a pesar de numerosas amenazas de consecuencias políticas. Este punto es corroborado por el hecho de que el régimen de Assad utilizó armas químicas de nuevo, a pesar de haber sufrido consecuencias políticas por cruzar la “línea roja” de las armas químicas anteriormente.

Hay otras pruebas que respaldan el efecto disuasivo de la CPI. Por primera vez en mucho tiempo, las elecciones de Kenia en 2013 no generaron violencia masiva. Sin duda, una variedad de factores contribuyeron a esta situación, pero resulta inverosímil creer que los sumamente visibles procesos en curso de la CPI contra los líderes kenianos no hayan desempeñado un papel fundamental para disuadir la violencia masiva.

Diane Orentlicher, ex embajadora adjunta de los EE. UU. en materia de crímenes de guerra, relató que “el entonces presidente de Senegal, Abdoulaye Wade, supuestamente les dijo a sus ayudantes en 2012 que no emplearía la violencia para exigir lo que habría sido una reclamación falsa de victoria en las elecciones presidenciales para no enfrentar cargos ante la CPI, lo que le había sucedido al ex presidente de Costa de Marfil, Laurent Gbagbo”. También es posible que los líderes en Jerusalén y Ramallah estén midiendo su comportamiento futuro desde la perspectiva de la responsabilidad jurídica ahora que Palestina se unió a la CPI.  

Por supuesto que para evitar y castigar los crímenes de atrocidades, el derecho y la política deben reforzarse mutuamente, y su funcionamiento debe seguir una secuencia diseñada específicamente para las circunstancias y los hechos particulares de cada conflicto. Sin embargo, antes de que un esfuerzo coordinado entre el derecho y la política pueda ser exitoso, es necesario reforzar las leyes. Un primer e importante paso en este sentido es seguir la recomendación de Elizabeth Evenson y Jonathan O’Donohue, cuyo reciente artículo en oGR propone un aumento en el apoyo que dan los Estados para los recursos de los que dispone la CPI, particularmente su presupuesto; una medida política de la que depende el éxito tanto de la política como del derecho.

This article represents the views of the author and, except as specified otherwise, does not necessarily represent policy of the ABA or the ABA Center for Human Rights.