La COP15 de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Biodiversidad, celebrada en Montreal (Canadá) en diciembre de 2022, ocurrió menos de un mes después de la COP27 de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Clima en Sharm el-Sheikh (Egipto). Aunque algunos sostienen que la Conferencia sobre Biodiversidad recibió menos atención que esta última, no por ello dejó de ser histórica, ya que los 188 gobiernos que son parte del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) acordaron un nuevo marco para detener la extinción de especies y revertir la pérdida de biodiversidad para 2030, titulado Marco Global de Biodiversidad de Kunming-Montreal (GBF, por sus siglas en inglés).
El Centro de Derecho Internacional del Desarrollo Sostenible organizó un acto híbrido en Montreal durante la COP15 —Día de la Legislación y la Gobernanza de la Biodiversidad 2022— en el que hablé acerca de la complementariedad de los derechos humanos y el Protocolo de Nagoya sobre Acceso y Participación en los Beneficios (APB) en una mesa redonda en la que se planteó la necesidad del ecofeminismo. La creciente necesidad de reconocer el papel de las mujeres y de comprender el alcance del ecofeminismo como "activismo político y crítica intelectual" a la hora de reimaginar medidas eficaces para reducir las emergencias medioambientales es ahora más crucial que nunca.
El Protocolo de Nagoya y los derechos humanos
El Protocolo de Nagoya de 2010 sobre APB (en adelante, el Protocolo) es un acuerdo internacional en el marco del CDB destinado a garantizar la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos y los conocimientos tradicionales. Aunque el Protocolo no hace ninguna referencia textual a los derechos humanos, varias de sus disposiciones incluyen elementos que pueden remontarse a instrumentos de derechos humanos ampliamente ratificados. Un ejemplo, el "consentimiento fundamentado previo", coincide con el requisito de procedimiento de la consulta previa, libre e informada de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
En su preámbulo, el Protocolo establece que las partes deben reconocer el papel importante que desempeñan las mujeres en el contexto del APB, y afirma la necesidad de que las mujeres participen plenamente en todos los niveles de la elaboración y aplicación de políticas. Esto sugiere una complementariedad positiva, en la que el género y la geografía se unen a través de la información y la inclusión. Las mujeres desempeñan un papel clave en la conservación y difusión de la información, y aunque las ecofeministas alaban los conocimientos ecológicos tradicionales de las mujeres, algunas académicas sostienen que "esos conocimientos se han adquirido en gran medida a través de los dictámenes opresivos del patriarcado". Sin embargo, el Protocolo sienta las bases para una inclusión progresiva, con el objetivo de la emancipación tanto de la naturaleza como de las mujeres.
El papel del ecofeminismo en este diálogo político, jurídico e intelectual fomenta la solidaridad mundial para la acción climática. El Protocolo menciona dos veces el cambio climático. Como afirma el abogado de derechos humanos y ambiente César Rodríguez Garavito, la “climatización" de los derechos humanos mantiene la relevancia de los derechos humanos en el Antropoceno. Yo añadiría que también lo hace "climatizar la biodiversidad" como estrategia plausible para mantener la dinámica de refuerzo mutuo en el nexo biodiversidad-clima.
El ecofeminismo en el nexo de biodiversidad-clima
El Protocolo de Nagoya menciona la palabra "mujeres" seis veces, lo cual crea un mayor énfasis en el papel de las mujeres en comparación con el Acuerdo de París sobre el Cambio Climático, que menciona "mujeres" solo una vez. La reivindicación de la voz de las mujeres como participantes activas se ha ido reconociendo progresivamente en diversos foros climáticos. Sin embargo, sigue pendiente la cuestión de cómo el Protocolo de Nagoya sienta las bases más allá de sus referencias textuales.
Si echamos un vistazo a la historia, en 1985 se produjo una notable inclusión del género en el marco de la ONU en Nairobi, pero tuvieron que pasar siete años para que se introdujera por primera vez la perspectiva de género en la Agenda 21 de la Cumbre de la Tierra de 1992. Tanto la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) como el CDB surgieron como resultado de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo (CNUMAD), también conocida como Cumbre de la Tierra, celebrada en Río de Janeiro ese mismo año.
Para preparar este acontecimiento, se reunieron 1500 mujeres de 83 países en Miami en 1991 en el primer Congreso Mundial de Mujeres por un Planeta Sano, que dio lugar a la Agenda de Acción 21 de las Mujeres (AAM21), un plan para incorporar la dimensión de género en la toma de decisiones a escala local, nacional e internacional. Con nuevos esfuerzos, el ecofeminismo cobró impulso a mediados de la década de 1990, cuando se incluyó un énfasis especial en "la mujer y el medio ambiente" en la Declaración y Plataforma de Acción de Pekín (1995). Los artículos 246 y 248 del capítulo 4, sección K, de la Declaración de Pekín describen vívidamente el papel de la mujer en el desarrollo sostenible. Así, el papel de la mujer en el desarrollo sostenible vuelve a hacer hincapié en su papel en el nexo biodiversidad-clima.
La CMNUCC celebrada en marzo de 2022 subrayó que la comunidad mundial no puede cumplir los objetivos del Acuerdo de París de limitar el aumento de la temperatura media mundial a 1,5 grados centígrados a menos que toda la humanidad participe en la respuesta a la crisis climática. En este sentido, Patricia Espinosa, exsecretaria ejecutiva de la CMNUCC, al referirse a la necesidad de implicar a las mujeres, afirmó además: "No podemos excluir las voces, los conocimientos, las perspectivas y la experiencia del 50% de la población”. El camino a seguir consiste en reconocer que, para allanar el camino hacia el desarrollo sostenible, el papel de las mujeres y del ecofeminismo a la hora de abordar y frenar la crisis planetaria debe partir de su activismo político y su crítica intelectual.
GBF-Un breve análisis feminista
Los objetivos del CDB y el GBF tienen "cruces evidentes y sinergias potenciales" tanto con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de la ONU como con el Acuerdo de París, así como con varios otros convenios relacionados con la biodiversidad. Esto pone de relieve la mayor relevancia del ecofeminismo, ya que la defensa de la biodiversidad por parte de las mujeres refuerza la acción climática y viceversa.
Los objetivos 22 y 23 del GBF reafirman la inclusión y la igualdad de género en "la representación y la participación sensibles al género en la toma de decisiones, y el acceso a la justicia y a la información relacionada con la biodiversidad" y "la aplicación del marco mediante un enfoque sensible al género". La forma en que el GBF ha subrayado la importancia de las mujeres y las niñas en estos dos objetivos también amplía el alcance del ecofeminismo para reforzar el nexo entre biodiversidad y clima.
El ecofeminismo sigue siendo crucial para reimaginar el nexo entre biodiversidad y clima, y la inclusión progresiva de las mujeres en los esfuerzos locales, nacionales e internacionales para el desarrollo sostenible abarca tanto los objetivos para revertir la pérdida de biodiversidad como la puesta en marcha de acciones climáticas urgentes, entre otras. Esto significa que, más allá de las referencias textuales, el activismo político y la crítica intelectual por la liberación de las mujeres y su progresiva inclusión son fundamentales para el futuro del planeta.