Según se expresa en su resolución de fundación, el Examen Periódico Universal (EPU) del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas tiene como objetivo promover la universalidad, la interdependencia, la indivisibilidad y la interrelación de todos los derechos humanos. Esto significa, como señalaron recientemente Aoife Hegarty y Hans Fridlund, que la universalidad de su título no es solo geográfica, sino también temática. A pesar de esta afirmación, se ha producido una fuerte sensación entre los diversos actores involucrados en el EPU de que los derechos económicos, sociales y culturales han estado relativamente olvidados en los exámenes del Consejo.
Recientemente, el Centro por los Derechos Económicos y Sociales (Center for Economic and Social Rights, CESR) y la Clínica de Derecho de Sciences Po llevaron a cabo un análisis de las tendencias cuantitativas de las recomendaciones del EPU para explorar si esta preocupación está justificada. En concreto, nos interesaba averiguar cómo se comparan las recomendaciones sobre los derechos económicos, sociales y culturales con las de los derechos civiles y políticos, en términos de su cantidad y calidad. Para responder a esta pregunta, primero identificamos tendencias generales en el conjunto de datos completo de recomendaciones del EPU que mantiene la ONG UPR Info, con sede en Ginebra. A continuación, seleccionamos una muestra de 21 países, la cual se volvió a codificar para hacer posible un análisis más profundo (se adjunta una nota metodológica completa al documento de investigación).
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A 2015 meeting of the Universal Periodic Review in Geneva, Switzerland.
En general, resultó sorprendente cuán pocas recomendaciones se centraban específicamente en los derechos económicos, sociales y culturales, menos de una de cada cinco, en comparación con 37 % en los derechos civiles y políticos (30 % eran mixtas y 16 % neutras). La mayor parte de ellas abordaban la educación, el trabajo o la salud, pero los derechos a la alimentación, la vivienda, el agua y la tierra recibieron escasa atención. Volver a codificar la muestra reveló que casi dos tercios de las recomendaciones centradas en los derechos económicos, sociales y culturales sugerían únicamente acciones generales y apenas el 10 % de ellas animaban a los gobiernos a promulgar leyes, políticas o programas (en comparación con un tercio de las relacionadas con los derechos civiles y políticos). Además, solamente el 4 % de ellas instaban a los Estados a destinar recursos a hacer efectivos los derechos económicos, sociales y culturales; esto es notable dada la importancia crítica de los recursos para satisfacer estos derechos.
Al contrario de lo que aparentemente es una creencia muy extendida, los Estados examinados no estaban menos inclinados a aceptar (es decir, a comprometerse a tomar medidas al respecto) las recomendaciones que pedían acciones más específicas. En general, las recomendaciones que se centraban en los derechos económicos, sociales y culturales fueron ampliamente aceptadas: del 80 al 90 % de ellas en la mayoría de las regiones. Sin embargo, los países del grupo de Europa Occidental y Otros destacan por su tasa de aceptación notoriamente baja, de 53 %. También se observó una variación regional significativa en cuanto al número de recomendaciones que hicieron los distintos países sobre los derechos económicos, sociales y culturales. Menos del 10 % de las recomendaciones formuladas por los países de Medio Oriente y el Norte de África, Europa del Este, y Europa Occidental y Otros se centraron en estos derechos. La falta de atención del último grupo tiene un enorme impacto, dado que el 35 % de todas las recomendaciones provienen de este grupo regional. Esto plantea preguntas importantes sobre cómo los factores geopolíticos influyen en la priorización de los temas; aunque estas preguntas estuvieron más allá del alcance de nuestra investigación, sin duda merecen una exploración más profunda.
Consultar a varios actores relevantes acerca de nuestros resultados preliminares reveló algunos datos interesantes. Los Estados miembros describieron una sensación de “incomodidad” al dar su opinión sobre los debates políticos internos en materia de políticas socioeconómicas, lo que sugiere que estarían dispuestos a brindar un mayor margen de discrecionalidad para estos temas que para los derechos civiles y políticos. La Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos señaló que tanto los Estados examinados como la sociedad civil presentan “considerablemente” menos información sobre los derechos económicos, sociales y culturales. Las agrupaciones de la sociedad civil señalaron que el ámbito de actividad de los defensores de derechos humanos que trabajan con los derechos económicos, sociales y culturales suele estar más localizado, mientras que las ONG internacionales que realizan actividades de incidencia con los Estados miembros de manera más activa en el periodo previo al examen tienden a concentrarse más en los derechos civiles y políticos.
Las preocupaciones de las comunidades cuyos derechos se ven afectados de manera más negativa por las políticas socioeconómicas no están siendo canalizadas eficazmente hacia el EPU.
Estos hechos sugieren que las preocupaciones de las comunidades cuyos derechos se ven afectados de manera más negativa por las políticas socioeconómicas no están siendo canalizadas eficazmente hacia el EPU. Esto, a su vez, implica que las disfunciones en los debates políticos nacionales que conducen a la marginación y la discriminación no son suficientemente visibles. Como resultado, parece haber surgido una sinergia problemática: por un lado, las voces de las víctimas de las violaciones de derechos económicos, sociales y culturales pasan relativamente desapercibidas. Por otro lado, no se presiona a los Estados miembros para que investiguen las políticas socioeconómicas con más firmeza.
Por supuesto, este desequilibrio no es exclusivo del EPU. Refleja lo que Philip Alston recientemente denunció como la “marginación sistémica” de los derechos económicos, sociales y culturales dentro del sistema internacional de derechos humanos en su conjunto. Pero el hecho de que haya muchas menos recomendaciones centradas en los derechos económicos, sociales y culturales, y que estas además abarquen una variedad limitada de temas y carezcan de especificidad y detalle, reduce su utilidad para guiar la formulación de políticas a nivel nacional. Como señalan Hegarty y Fridlund, la ausencia de algún mecanismo formal de seguimiento es el “talón de Aquiles” del EPU; estos autores instan a los Estados a adoptar disposiciones y normas más estrictas en materia de seguimiento, incluido el establecimiento de planes nacionales de acción y mecanismos nacionales de coordinación. Las recomendaciones que no proporcionan una orientación significativa sobre cómo poner en práctica las obligaciones internacionales pueden dar lugar a interpretaciones sumamente distintas conforme se canalizan a través de los mecanismos nacionales. Los Estados pueden adoptar planes de acción imprecisos y que obedezcan a sus propios intereses, y no hay ningún parámetro respecto al cual tengan que explicar o justificar sus decisiones.
El EPU es inherentemente un proceso diplomático. Así que puede haber un límite en cuanto a qué tan prescriptivos están dispuestos a ser los Estados cuando se trata de recomendar medidas sobre los derechos económicos, sociales y culturales. Sin embargo, la elevada tasa de aceptación de las recomendaciones centradas en los derechos económicos, sociales y culturales, en la mayoría de las regiones y en toda la variedad de acciones recomendadas, sugiere que el EPU tiene un potencial considerable, aunque en gran parte desaprovechado, para mejorar el ejercicio efectivo de estos derechos. Al ser un mecanismo intergubernamental de revisión por pares, el EPU goza de legitimidad a los ojos de los Estados; al mismo tiempo, es un mecanismo que ofrece un espacio para la participación de la sociedad civil, incluso a través de los informes paralelos. Por estas razones, ofrece un foro único para el escrutinio de los efectos de las políticas socioeconómicas sobre los derechos humanos.
En última instancia, el fortalecimiento de las recomendaciones del EPU sobre los derechos económicos, sociales y culturales depende de que todos los actores interesados den mayor prioridad política a estos derechos. Nuestra esperanza es que la investigación fomente un diálogo constructivo sobre las medidas concretas que se necesitan para garantizar que el EPU alcance todo su potencial como un mecanismo para impulsar todos los derechos humanos. Las propuestas de los actores relevantes a los que consultamos incluyen: sistematizar la información presentada por los organismos técnicos y los equipos en el país de las Naciones Unidas; ayudar a todos los actores relevantes a analizar la información pertinente desde una perspectiva de derechos humanos; sensibilizar a las misiones permanentes en Ginebra y los ministerios de relaciones exteriores sobre los efectos de la política fiscal en el ejercicio efectivo de los derechos económicos, sociales y culturales, y facilitar un mayor acceso al EPU para las ONG nacionales.
Crear el impulso necesario para promover estas propuestas es particularmente oportuno en el marco de un debate más amplio sobre el papel de los mecanismos de derechos humanos en la promoción de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.